Un recurso de protección interpuso ante la Corte de Apelaciones de Talca el afectado en contra del Banco de Chile, alegando que se estaría vulnerando algunas garantías constitucionales y utilizando información indebida.

Según consta en el escrito, en agosto pasado el recurrente dueño y representante legal de unas farmacias independientes concurrió a las oficinas de la entidad bancaria en la capital regional a solicitar un crédito para poder abrir otras sucursales en la zona.

Como cualquier ciudadano solicitó qué requisitos necesitaba, donde se le indicó que estaba todo bien, salvo una deuda como persona natural de 121 mil 500 pesos de un crédito de consumo de su época como estudiante universitario de hace dos décadas de la Universidad de Talca con el mismo banco.

El afectado sostuvo que la respuesta que recibió fue que si pagaba “dicha deuda que figura en el sistema –que, por cierto, desconocía-, me podrían bancarizar nuevamente y así gestionar el crédito para mi farmacia y que se me podría otorgar uno por una suma cercana a los cien millones de pesos”.

Mala gestión

El recurrente puntualizó que le pidió a su secretaria que hiciera el pago, el cual se concretó en septiembre y en octubre se contactó con un ejecutivo para saber qué pasada con el crédito solicitado y la respuesta que recibió por WhatSapp lo descolocó. “Le comento que nos fue mal, no pudo ser devuelto a línea comercial, desafortunadamente no los podré ayudar, con el financiamiento solicitado, ni tampoco ser clientes con el Bch…”. Frente a la pregunta de mi secretaria si se podrá más adelante o nunca, le responde: “…yo creo q nunca existe una restricción interna que no me informan, que mantiene bloqueado al cliente y no me permite hacerlo cliente…por información de la sociedad comercial no hay problemas…”.

Fundamentación

En el recurso de protección se alega que “dicha deuda bajo todo nuestro ordenamiento jurídico, en el mejor de los casos se encuentra prescrita, por lo que el actuar de la recurrida, es sin duda, vulneratorio, discriminatorio y arbitrario, aprovechándose de información que no es legal”.

El abogado recurrente, Marcelo Barrios Orellana, indicó que “lo que se cuestiona no es el hecho de que no se otorgue un crédito, sino que los antecedentes en que ello se funda la decisión de la recurrida, toda vez, que no se ajusta a ninguna normativa, lo que se torna arbitrario, improcedente e ilegal y produce consecuencias patrimoniales al solicitante”.

El profesional dijo que, además, el Banco de Chile hace uso de información de hace más de veinte años, lo cual está prohibido por la ley N°19.628, sobre protección de la vida privada.

“Lo lamentable de dicha situación, es que los bancos comúnmente utilizan información que la ley les prohíbe en forma expresa y, con ello, perjudican a muchas personas que si bien es cierto tuvieron algún inconveniente financiero en alguna oportunidad en el pasado, dichas situaciones ya han sido solucionadas o se encuentran prescritas, porque han pasado muchos años, o ni siquiera figuran en el sistema, como ocurre en este caso, lo que se torna perjudicial y termina siendo una sanción eterna”, sentenció.

                                                           Abogado recurrente



 
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