En la Corte Suprema se vivió un nuevo capítulo judicial relacionado con la muerte de la menor Emilia Mella Tolorza, registrada el 10 de junio del año pasado tras ser operada de las amígdalas en el Hospital de Curicó, hecho que es investigado por la fiscalía por, supuesta, negligencia médica. No hay que olvidar que el recinto decidió interrumpir de manera anticipada el “convenio de atención cerrada” que sostenían con el médico Francisco Javier Martínez Cavalla, profesional que estuvo al mando de la aludida cirugía. 

Fallo favorable al doctor

En ese contexto, el profesional optó por recurrir a la Corte de Apelaciones de Talca, tribunal que le dio la razón, calificando la medida tomada por el hospital como de “arbitraria y antojadiza”. Ante eso, el recinto asistencial apeló al máximo tribunal del país, instancia que decidió revocar la resolución en su minuto establecida por el tribunal de alzada talquino, rechazando de esta manera el recurso de protección que fue interpuesto en contra del director del Hospital de Curicó, Jorge Canteros. 







Qué dice el dictamen

El fallo indica que el hospital obró “dentro del ámbito de sus atribuciones, no divisándose un actuar ilegal o arbitrario que ocasione una infracción de las garantías, cuya protección se buscó por esta vía cautelar”. Se trata de una decisión que contó con la unanimidad de los integrantes de la Tercera Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros  Sergio Muñoz, Rosa Egnem y María Eugenia Sandoval. 

Sigue investigación

Tras el fallecimiento de la pequeña Emilia, su madre, Stephane Tolorza Meneses, presentó una querella en contra del doctor Francisco Javier Martínez Cavalla, acción que también incluye a una anestesista, una arsenalera y una auxiliar de enfermería, quienes fueron parte de la citada operación, sindicando a todos ellos como supuestos responsables de un cuasidelito de homicidio por negligencia médica. Al momento de ser operada, la niña tenía cuatro años y dos meses.

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